Antedecentes penales

En la actualidad tener antecedentes penales pueden implicar una significativa privación de oportunidades y restricción de derechos, por lo que es importante

penal

En la actualidad tener antecedentes penales pueden implicar una significativa privación de oportunidades y restricción de derechos, por lo que es importante tener presente que desde la ultima reforma del código penal por la LO 1/2015 de 30 de marzo, en vigor desde el 1 de julio de 2015, todas las faltas han quedado suprimidas, y las conductas que antes se castigaban como falta ahora son “delitos leves”, o infracciones administrativas (según el caso), conforme la LO 4/2015, de 30 de marzo de protección a la seguridad ciudadana.

Lo relevante es que las antiguas faltas no generaban antecedentes penales, sin embargo los delitos leves de hoy en día o un delito contra la seguridad vial y otros menos graves si conllevan antecedentes penales. Además, tras la reforma, los plazos establecidos hasta entonces han aumentado, y para su cancelación hay que cumplir ciertos requisitos, que dependerán de la pena impuesta dentro de la clasificación establecida en el código penal.

Tener antecedentes penales acarrean ciertos problemas como por ejemplo en el ámbito penal, la eventual imposibilidad de obtener la suspensión de una nueva condena privativa de libertad, la aplicación de la agravante de reincidencia, la posibilidad de revocación de la libertad condicional o de no obtener la libertad provisional en caso de detención etc. En lo civil o laboral la imposibilidad de acceder a determinados trabajos como en la administración y función pública, incluso poder viajar a algunos países que exigen el certificado de carecer de antecedentes.

En el ámbito del derecho de extranjeria la imposibilidad de obtener o renovar permisos de residencia o de trabajo, obtener determinadas becas, etc.).
En los últimos meses se ha notando un considerable aumento de denegaciones de solicitudes de Nacionalidad Española por Residencia en personas que no tienen antecedentes penales y/o policiales y la causa de denegación se basa en la no tenencia de «buena conducta cívica».

En el caso de las personas jurídicas, estas también tienen responsabilidad penal, por lo tanto pueden tener antecedentes penales.

Por todo lo mencionado es conveniente contar siempre con la ayuda de un abogado ya que es experto en la materia y podrá orientarle durante el proceso si se enfrenta a una acusación o es parte en una demanda, o tan solo para cancelar los antecedentes penales que como hemos explicado el no hacerlo y dejarlo estar implican una serie de complicaciones.
Por eso, le recordamos que estamos a su disposición para ésta u otras cuestiones penales en las que necesite ayuda.

Entradas relacionadas