TARJETA COMUNITARIA EN ESPAÑA
regimen comunitario

La ciudadania europea esta considerada como un estatuto personal e inseparable de los nacionales de los Estados miembros, que por su pertenencia a la UE son sujetos de derechos y deberes especiales propios del ámbito de la UE. 

El Real Decreto 240/2007, sobre ciudadanos de la Union europea, incorporó al derecho español la Directiva 2004/38/CE, de 29 de abril de 2004, creando un nuevo régimen para los ciudadanos de la Union.

Sus beneficios se extienden a sus familiares y familia extensa, se ejercen y tutelan dentro de su fronteras, sin perjuicio de su proyección fuera de ella. Su finalidad es la igualdad de trato nacional entre los ciudadanos de los estados miembros la UE, en especial la libre circulación de trabajadores comunitarios ( art. 45 del TEFUE), el derecho de establecimiento ( ART. 49 del TEFUE) y la libre prestación de servicios ( art. 56 del TEFUE).

ESTANCIA Y RESIDENCIA DEL CIUDADANO COMUNITARIO Y SUS FAMILIARES

Los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que vayan a residir en el territorio del Estado Español por un período superior a tres meses están obligados a solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros, donde se les expedirá una identificación de color verde denominada “Certificado UE”.

Los familiares de un ciudadano de la Unión Europea o de español que vengan a España acompañando al ciudadano de la UE o que se reúnan con él serán beneficiarios de la tarjeta comunitaria con autorización de trabajo.

Con la reforma del 2022 aparece esta nueva vía para los familiares de ciudadano español que no cumplen los requisitos para solicitar  la tarjeta de familiar comunitario de acuerdo al RD 240/2007.

 Se puede escoger tramitar la residencia tanto a través de la tarjeta comunitaria, como  también a través del Arraigo Familiar .

Ni en la exposición de motivos de la Reforma del Reglamento, ni en las Disposiciones Finales, se deroga el Real Decreto 240/2007, que es el texto legal que regula la libre circulación de los ciudadanos comunitarios y de sus familiares. Entonces, al no estar derogado, sigue estando vigente y es plenamente valida la solicitud del permiso de residencia de familiares directos de españoles a travéz de la Tarjeta de Familiar de Comunitario.

 

Los padres de menores ciudadanos europeos o españoles tienen derecho a solicitar una tarjeta como familiar de ciudadano UE o arraigo familiar, dependiendo de si cumplen una serie de requisitos podrán optar por una de las vías.

Si ya no cumples con los requisitos que te dieron derecho a la obtención de una Tarjeta Comunitaria y tampoco cumples con los requisitos para el mantenimiento de derecho, deberás solicitar ante la oficina de extranjería correspondiente la modificación al Régimen General de Extranjería. Siempre y cuando cuentes con medios suficientes para tu sostenimiento, o porque trabajas por cuenta ajena, propia, eres investigadora o investigador, entre otros supuestos.

nota importante

EL CRITERIO DE «ESTAR A CARGO»

Es la parte mas difícil de acreditar ya que jurídicamente es un concepto indeterminado, creando mucha discrepancia entre oficinas, a día de hoy se ha logrado que los juzgados se pronuncien sobre el tema, pero aun así sigue siendo una tarea difícil pero no imposible.

Preguntas frecuentes

Cónyuge, pareja de hecho registrada o no registrada con pruebas, hijos menores de 21 y mayores de 21 dependientes que estén cargo, ascendientes y cualquier otro miembro de la familia que pueda acreditar ser dependiente del ciudadano de la Unión Europea

SI, la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, conocida como tarjeta comunitaria, puede obtenerse incluso estando el ciudadano ya viviendo en España en situación irregular. El requisito imprescindible es ser familiar de ciudadano de la UE, y que resida en España.  

SI, la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, conocida como tarjeta comunitaria, puede obtenerse incluso estando el ciudadano ya viviendo fuera de España.  

La tarjeta de familiar de ciudadano de la union lleva unos requisitos mas exigentes y el arraigo familiar es solo para  familiares de ciudadanos españoles. Todo depende de la situación familiar y económica. Consulta sobre tu caso en particular y te ayudamos con la duda.

Se considera familia extensa a un hermano de un ciudadano español, nieto, abuelo, etc, pueden solicitar la tarjeta de familiar si cumplen una serie de requisitos como el estar a cargo entre otros.

Te asesoramos

Eres familia de un ciudadano de la union o de ciudadano español? Te informaremos bien sobre todos los aspectos de tu caso en particular, solo debes rellenar el formulario de contacto solicitado una consultar explicando brevemente tu situación, y nos pondremos en contacto.