SOLICITAR RESIDENCIA NO LUCRATIVA EN ESPAÑA
Residencia no lucrativa

Es una autorización de residencia destinado a extranjeros que no son ciudadanas de la Unión Europea, que no permite realizar ningún tipo de actividad laboral.

Es la vía de residencia mas solicitada y recomendada para aquellas personas que desean vivir en España y pueden demostrar fondos económicos suficientes para mantenerse en España sin necesidad de trabajar.

También puede extenderse a sus familiares como :

  • El cónyuge o pareja de hecho. 
  • Los hijos y los ascendientes a cargo que formen parte de la unidad familiar.

nota importante

Según el artículo 58 de la Ley de Extranjería toda expulsión (deportación) conlleva una prohibición de entrada (lo normal es que sea de 3 a 5 años, pero en casos excepcionales puede durar hasta 10 años). Por lo tanto, si el solicitante ha sido previamente expulsado de algún país miembro del territorio Schengen y la prohibición de entrada sigue vigente, dicho extranjero incumplirá con este requisito y no podrá obtener la residencia no lucrativa.

Debido a que esta tarjeta de residencia te exige que permanezcas un mínimo de 183 días al año en el país para poder renovar, te convertirás en residente fiscal, por lo tanto deberás pagar IRPF por las rentas que obtengas a nivel mundial. Ten en cuenta que existen convenios de doble imposición, estos evitarán que pagues dos veces por el mismo ingreso en caso de haberlos generado en otro país pero pagarlos también en España.

 

 

RENOVAR LA RESIDENCIA NO LUCRATIVA

Para renovar la autorización de residencia no lucrativa, es necesario cumplir con un serie de requisitos com la permanencia mínima de 183 días y el pago de los impuestos.

Una vez cumplidos los 5 años, es posible solicitar la residencia de larga duración, que permite vivir de manera indefinida en España.

Preguntas frecuentes

La regla general establece que se deben de renovar dentro de los 60 dias naturales antes e la caducidad, y admite la solicitud dentro delos 90 días posteriores, pero lo más recomendable siempre es presentar la solicitud de renovación dentro de los 60 días previos, ya que hacerlo dentro de los 90 días posteriores a la caducidad constituye una infracción leve en materia de extranjería, la cual puede ser sancionada con multa de hasta 500 euros. 

La renovación se solicita ante la Oficina de extranjería, o puedes tramitarlo con nosotros, nos encargamos de todo sin que tengas que desplazarte ni preocuparte con notificaciones ni requerimientos.

Es un requisito fundamental para solicitar el arraigo, demuestra el vinculo de integración con la sociedad española. Otro de los documentos válidos (pero no imprescindibles) es  la existencia de vínculos familiares con extranjeros residentes de forma legal en España como hijos, padres o cónyuges.

 

 

No tener antecedentes penales es otro requisito fundamental para solicitar el arraigo, por lo tanto deberas cancelarlos antes de inicial cualquier solicitud.

En ciertos casos es posible o en su caso podemos  

Te asesoramos

Si quieres viajar a España, e informarte bien sobre todos los aspectos de tu viaje, saber si necesitas un visado o no, te asesoraremos sobre tu caso en particular, solo debes rellenar el formulario de contacto solicitado una consultar explicando brevemente tu situación, y nos pondremos en contacto.