La situación de los estudiantes en España se considera una situación de estancia pero con un carácter especial ya que se puede convertir en residencia eliminando obstáculos como el visado y con el cumplimiento de ciertos requisitos y se puede pasar a solicitar búsqueda de empleo o practicas.
Con la ultima reforma del 2022 se establecen mejores oportunidades para la practica y el trabajo y se facilitan el cambio de condición de estudiante a trabajador siempre que se hayan terminado los estudios con aprovechamiento.
Se puede solicitar tanto desde fuera o dentro de España, pero habrá que cumplir ciertos requisitos plazo de estancia para;
- Estudios con fines de Investigacion
- Estudios
- Prácticas
- Voluntariado
- Programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos
- Colocación au pai
REQUISITOS GENERALES PARA SOLICITAR LA TARJETA DE ESTUDIANTE
- No pertenecer a ningún país d la Unión Europea.
- No figurar como rechazable
- No tener antecedentes penales.
- Si lo vas a solicitar desde españa no estar en situación irregular
- Demostrar medios económicos
- Contar con un seguro medico publico o privado concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en EspañaHaber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
- Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años.
- Demostrar la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento españolHaber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años.
- El extranjero debe comprometerse a iniciar una formación que debe ser reglada
Dicha formación debe permitir la consecución de una certificación oficial de cualificaciones profesionales que esté dentro del Catalogo Nacional de cualificacion en el ámbito de la administración laboral
- Esta formación debe certificar una aptitud técnica específica
- Y debe ser una formación que habilite y sea necesaria para poder ejercer una ocupación específica
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que le sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen
- Encontrarse en alguno de estos supuestos;
Ser padre o madre, o tutor, de un menor de nacionalidad española.
Ser cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española.
Ser ascendiente mayor de 65 años, o menores de 65 años a cargo, descendientes menores de 21 años, o mayores de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.
Hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
nota importante
Podemos ayudarle con una consulta completa sobre los requisitos procedimientos y plazos ademas de las compatibilidades de estudio y trabajo y sus renovaciones desde su país de residencia.
PREPARA BIEN TU VIAJE
Preguntas frecuentes
Sí. Tras finalizar tus estudios en España podrás modificar tu autorización a un permiso de residencia por cuenta propia o cuenta ajena.
El plazo ara renovar la tarjeta de estudiante es;
Dentro de los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización.
También se podrá presentar dentro de los 90 días naturales posteriores, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.
Durante el tramite de trámite de renovación o modificación la estancia por estudios se encuentra en situación de prorroga de forma automática hasta que se resuelva la solicitud y de esta forma no te quedas en situación irregular.
No. Una de las principales características es que la formación debe de ser presencial.
Sí. Es posible trabajar en una jornada más amplia, y siempre que dicha actividad laboral sea posible compatibilizar con los estudios.
Te asesoramos
Si quieres viajar a España, informarte bien sobre todos los aspectos de tu viaje, saber si necesitas un visado o no, y que documentación debes traer, te asesoraremos sobre tu caso en particular, solo debes rellenar el formulario de contacto solicitado una consultar explicando brevemente tu situación, y nos pondremos en contacto.